Visado de Estudios, España

 


¿Deseas solicitar una visa para estudiar en España y no sabes por dónde empezar?

 Aquí te comento un poco acerca de las cuestiones más importantes que debes tener en cuenta para solicitar tu visado. 


Lo primero que debes saber es que la autorización para estancia en España por estudios podrás lograrla con cursos inferiores o superiores a seis meses. Sin embargo, si escoges matricularte en un curso superior a 90 días pero que no supere los 180 días (seis meses) no podrás obtener en España un TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjero) y tampoco un permiso para trabajar. De lo contrario, si has sido admitido para un curso superior a los seis meses podrás obtener tanto el TIE como un permiso de trabajo, solo asegúrate que tu curso no te ocupe 40 horas semanales pues en este caso practicamente no tendrías disponibilidad para trabajar, lo que es muy importante cuando te encuentras en un país extranjero.


La tarjeta de identificación de extranjero se solicita ante la oficina de extranjería una vez que hayas arribado a territorio español. En consecuencia, si deseas trabajar podrás hacerlo tanto por cuenta propia como por cuenta ajena en virtud del artículo 33.4 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de extranjeros en España y su integración social. Si tu intención es trabajar por cuenta ajena, primero tendrás que aplicar a un trabajo y realizar tu entrevista, si el empleador te acepta,  será este quien solicite a la oficina de extranjería la expedición del autorizo.


Siendo así, para solicitar el visado y/o autorización de estancia, el consulado de España en tu país te exigirá una serie de requisitos/documentos necesarios para la expedición de este. Es por ello por lo que tendrás que acudir al sitio web de dicho consulado en aras de conocer todo lo que debes cumplimentar. Para ello seleccionarás la opción servicios consulares, luego la categoría visados y finalmente visado de estudios.


A pesar de que la ley exige varios requisitos para la expedición de este visado, te voy a comentar de los requerimientos que en mi opinión son los más importante para obtener una respuesta positiva. Se trata de la admisión en un centro de enseñanza autorizado en España, la demostración de medios económicos y contar con un seguro médico concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.


    1. Estar admitido por un centro educativo público o privado reconocido por el gobierno español es elemental. Para ser admitido, el estudiante interesado debe contactar con el centro educativo y cumplimentar lo exigido por el centro. Esto puede ser la aportación de un currículo y el llenado de un formulario. La admisión va de manos con la matrícula. Para estar matriculado, el interesado tendrá que abonar la cuota de la matrícula. Inmediatamente esto ocurra, el centro educativo emitirá una carta de matrícula que contendrá entre otras cosas el programa de estudios, créditos, horario, tiempo de duración y factura que acredita que el solicitante ha pagado el curso en su totalidad o al menos la matrícula. El curso siempre debe ser de modalidad presencial. El día de la cita, tendrás que aportar esta carta para demostrar la admisión. Para buscar cursos puedes acceder a los sitios webs de las universidades o centros educativos españoles y también te puedes auxiliar de los buscadores emagister y educaweb


      2. Para demostrar solvencia económica debes ostentar en tu cuenta bancaria la cantidad de dinero que exige el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, esto es una cantidad que represente mensualmente el 100% del IPREM. Para el 2022, el 100% del IPREM asciende a la cantidad de 579.02 € mensuales según la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, lo cual se traduce en una suma de 6948 € 12 pagas (anual) y 8106.28 € 14 pagas (14 meses). Por tanto, para calcular cuánto dinero debes poseer, tendrás que multiplicar el número de meses que dura tu curso por la cantidad exigida por mes (579.02 €). Es importante que tengas en cuenta que necesitas demostrar que no serás una carga económica para el gobierno español durante tu estancia, y para ello debes poseer tanto el dinero para mantenerte mensualmente como el dinero para regresar a tu país de origen.


¿Cómo demostrar que posees la suma de dinero exigida?


Esto lo harás a través de tus extractos bancarios, algunos consulados exigen los extractos de los tres últimos meses, previos al día de la cita, y otros exigen seis meses. Los extractos bancarios serán expedidos por el banco en sobre sellado y de esta forma debe ser presentado en el consulado. Lo anterior significa que no podrás descargarlos por tu cuenta desde tu banca móvil. Del mismo modo, debes aportar las tres últimas liquidaciones de sueldos recibidos.

Si no posees los medios económicos y un familiar se responsabilizará por ti, entonces el familiar debe concederte los siguientes documentos para su posterior presentación:

  • declaración notarial legalizada o apostillada del declarante donde se consigne que se compromete a financiar la totalidad de los estudios y la estancia en España del solicitante de visado por un importe equivalente al 100% del IPREM para todo el período de estudios. 
  • los tres últimos extractos bancarios, sellados por el banco.
  • las tres últimas liquidaciones de sueldos recibidos.
  • fotocopia de su pasaporte.
  • certificado de nacimiento debidamente legalizado o apostillado para demostrar vínculo familiar.


Por otra parte, si solo has pagado la matrícula del curso y no la totalidad, tendrás también que demostrar que ostentas la totalidad del dinero que falta por pagar del curso. Esto sería el 100% del IPREM mensual + lo que falta por pagar del curso matriculado.


No obstante, la ley expone una excepción en cuanto a la solvencia económica y es que si demuestras que has abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que durará la estancia, no tendrás que demostrar posees el 100% del IPREM mensual. Del mismo modo, si cuentas con un familiar que vive en España y desea ayudarte con los gastos de tu estancia, este familiar podrá acudir a una notaría y realizar una declaración en la que expondrá que él o ella se encargarán de tu estancia y esto permitirá que la cantidad exigida por concepto de medios económicos se reduzca; de hecho, las notarías disponen de una forma destinada a este fin.  

Por último, si tienes tu cuenta bancaria en la moneda nacional de tu país, debes poseer la cantidad que una vez convertida en euros sume el total exigido por la ley española. 


3. También debes poseer un seguro médico, el cual tendrás que obtener antes de acudir a tu cita. El seguro médico es la garantía que, si presentas algún problema de salud durante tu estancia en España, el gobierno español no tendrá que pagar nada por ti. Es por ello por lo que exigen un seguro sin copagos, cobertura total, sin carencias y con póliza de repatriación; este último significa que, si fallecieres, pues el seguro responde económicamente por el acto de regresar el cuerpo a tu país de origen. Si bien es cierto que para los nacionales o residentes españoles permiten el pago del seguro por cuotas mensuales; es decir, que pueden pagar su seguro anual de forma fraccionada-12 pagos al año/uno por mes- y que de esta forma puede concretarse el contrato de seguro entre la aseguradora y el estudiante, algunos consulados están exigiendo que el estudiante pague de una sola vez el seguro médico, así que antes de acudir a tu cita debes investigar qué está exigiendo el consulado de España en tu país de origen. El pago único del contrato de seguro médico puede oscilar entre los 400 y 600 euros si tu estancia en España fuere de un año. Recuerda que no puede ser cualquier aseguradora sino una autorizada para operar en España; en este sentido, algunas de las que puedes contactar son oncampus y sanitas




Para finalizar, es importante acotar que por cursos puedes entender tanto un curso en sí como estudios de grado, un diplomado, un máster oficial o a título propio, un doctorado y otros. Del mismo modo, no necesariamente tiene que estar relacionado con tu carrera o especialidad, sino que puedes escoger la materia en la que quieras incursionar, aunque no guarde relación con tus estudios previos. Recuerda, para más información debes acudir a la página oficial del consulado y lo anterior solo aplica para los estudiantes que no pertenecen al espacio Schengen



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